Conversatorio sobre Cibercriminalidad

¿Es necesaria una modificación a las categorías y a las instituciones propias de la teoría del delito a la hora de examinar los fenómenos de criminalidad cibernética? ¿Los ‘ciberdelitos’ presentan características diferenciadoras de los delitos del Derecho penal nuclear, lo suficientemente relevantes para suscitar la necesidad de replantear toda la teoría del delito? ¿Cómo repercute la inteligencia artificial en los fundamentos clásicos de la responsabilidad penal? Estas fueron algunas de las preguntas abordadas en el “Conversatorio sobre cibercriminalidad” organizado por el Centro de Investigación en Filosofía y Derecho de la Universidad Externado de Colombia y el cual se realizó el día 21 de septiembre de 2020.

En el evento, el profesor José R. Agustina de la Universitat Abat Oliba CEU (Barcelona) abrió la discusión presentando la ponencia titulada: “¿Es necesaria una dogmática del ‘ciberdelito’?”. En ella, se apoyó en el texto de su artículo “Nuevos retos dogmáticos ante la Cibercirminalidad ¿Es necesaria una dogmática del ciberdelito ante un nuevo paradigma?”, en el cual aborda como representa una problemática de gran relevancia la lucha actual de las sociedades modernas contra el fenómeno delictivo en el ciberespacio. Al respecto, consideró que el Derecho penal moderno, que se remonta al siglo XIX, no ofrece las mejores herramientas para enfrentar el nuevo modelo de relacionamiento físico y digital que rige en la actualidad, lo que conlleva implicaciones significativas en la estructura de las conductas delictivas. En sus palabras: “La fenomenología de los delitos ha cambiado”. En consecuencia, señala que el cambio fenomenológico y criminológico debe llegar a impactar la estructura misma del delito, la teoría jurídica del delito y sus categorías esenciales.

El profesor Ricardo Posada, de la Universidad de Los Andes, presentó su ponencia bajo el título de “‘Cibercrimen’ y nuevos ajustes a la teoría del delito”, en la cual inició su exposición refiriéndose al reciente caso que ocurrió en la ciudad de Düsseldorf, en el cual por medio de la obstaculización a sistemas informáticos de un hospital se ocasionó la muerte de un paciente. Lo anterior con el objetivo de mostrar como la victimización por conductas criminales a través del ciberespacio está alejada de ser una mera ficción. En ese contexto resaltó como frente a conceptos como el de sujeto activo y pasivo del delito es necesario hacer cambios teóricos a efectos de adaptarlos a esta nueva realidad, así como en muchas otras nociones elementales tanto de la teoría del delito como de las otras áreas del Derecho penal.

La moderación estuvo a cargo del Dr. Hernán Darío Orozco quien, junto a la Dra. Carmen Eloísa Ruiz, directora de nuestro Centro de Investigación, y a algunos de los asistentes a la sesión, plantearon interesantes interrogantes, demostrando los importantes desafíos que representa esta nueva modalidad delictiva en relación a los conceptos tradicionales de la dogmática penal, tales como la autoría y la participación, la protección a bienes jurídicos y la misma tipicidad.

La profesora Ruiz, en particular, señaló como en la materia es necesario distinguir entre delitos informáticos, delitos cometidos por medios informáticos y conductas delictivas realizadas por maquinas o sistemas operados mediante inteligencia artificial, precisando que si bien los primeros no justifican a su parecer la creación de una teoría del delito específica, frente al tercer grupo es necesario abrir el debate público.

Igualmente, el profesor Orozco indicó como si se comparan los ciberdelitos con delitos del derecho penal nuclear se pueden observar grandes diferencias, las mismas se desvanecen sin embargo si se toman como referencia nuevos tipos penales del derecho penal económico y medioamebiental, áreas en las cuales la regulación tiene contenido normativo mucho más significativo.

Lo invitamos a ver la grabación del conversatorio en el siguiente link ver video e igualmente a consultar la reseña hecha por el Departamento de Publicaciones.