Derecho Penal
8 de septiembre de 2023

Inimputabilidad sobrevenida y la crisis de los fines de la pena: Sentencia T-034 del 2022

En Colombia, la imputabilidad ha sido formulada de manera negativa en el artículo 33 del código penal de la siguiente manera: “quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviera la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares”. Este análisis se realiza en el momento de la comisión de la conducta punible. No obstante, en el marco del cumplimiento de una pena, en especial de penas privativas de la libertad se ha comprobado científicamente que se pueden desarrollar diferentes trastornos psicológicos y/o psiquiátricos, que deben ser atendidos por parte de la organización administrativa carcelaria o penitenciaria, dada la relación de especial sujeción que tiene con la persona detenida o condenada. Sin embargo, dichos trastornos muchas veces no se pueden curar mediante tratamientos temporales, tanto así que se pierde la razón de ser de los fines de la pena al no poder ser alcanzados,  haciendo necesaria su sustitución por  una medida de seguridad, tal y como ocurrió en la sentencia T-034 de 2022, en la que la Corte ordenó la sustitución de la pena a una medida de seguridad a un ciudadano que en el marco de cumplimiento de su condena desarrolló un trastorno de esquizofrenia paranoide y que será materia de análisis en esta entrada.  

Imagen tomada de: Markus Winkler

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