Criminal compliance en el sector de infraestructura y construcción

Carmen Eloísa Ruiz López

Directora del Centro de Investigación en Filosofía y Derecho

Universidad Externado de Colombia

 

El miércoles 8 de septiembre se realizó de manera virtual el “Ciclo de conferencias sobre riesgos reputacionales en proyectos de infraestructura Compliance”, organizado por el Departamento del Derecho del Transporte e Infraestructura de la Universidad Externado de Colombia, en el cual participó la directora del Centro de Investigación en Filosofía y Derecho, Carmen Eloísa Ruiz López, con la ponencia titulada “Criminal compliance en el sector de la infraestructura y construcción”.

Durante su intervención, la Dr. Ruiz explicó la conexión entre el derecho penal y el compliance. Así, argumentó que los programas o estructuras de cumplimiento se relacionan directamente con la gestión y prevención de riesgos punibles a través del deber de vigilancia que tienen las empresas frente a estos. En consecuencia, el derecho penal auxilia al compliance identificando estos riesgos punibles para que sean gestionados como mecanismo de prevención. Las estructuras de cumplimiento generan confianza entre los actores cuando estos interactúan con equivalentes en estándares normativos y buenas prácticas. Estos actores pueden ser tanto privados como públicos.

Adicionalmente, nuestra directora expresó que al derecho penal, y desde la filosofía política, le interesa la ética empresarial como base de la prevención de ilícitos, la cual debe gestionarse a través del buen gobierno corporativo y sus estructuras de cumplimiento. Asimismo, hizo énfasis en la necesidad de analizar el riesgo de forma sectorial, pues la identificación del sector lleva a la creación de medidas de prevención y al cumplimiento del deber de diligencia, atendiendo al contexto específico de cada industria.

La profesora Ruiz concluyó su ponencia con cuatro ideas importantes: 1) la relación entre el compliance y el derecho penal no se reduce a evitar la imposición de una sanción, sino que también implica cumplir con la ley para generar confianza y cultura de legalidad en la sociedad; 2) la prevención de riesgos punibles construye confianza entre los actores y mejora el desarrollo y la productividad; 3) la incorporación de programas de cumplimiento delimita el riesgo permitido de la actividad empresarial y comporta diligencia a cargo de diversos actores; y 4) la ética empresarial, junto con los programas de cumplimiento, evitan los defectos organizacionales que pueden facilitar conductas dolosas o infracciones a deber imprudentes.

Lo invitamos a ver la grabación de la ponencia en el siguiente enlace desde el minuto 1:41:00: (ver video).