Derecho Penal
5 de julio de 2023
Limitantes de la imputabilidad: Caso de las personas con síndrome de Down
El síndrome de Down es un trastorno genético o anomalía cromosómica también denominada trisomía 21, que incluye determinadas malformaciones congénitas, problemas de aprendizaje y rasgos faciales. Por su parte, el artículo 33 del código penal colombiano, para el caso de las personas inmersas en una situación biológica, cultural o patológica, contempla la declaratoria de la inimputabilidad y por consiguiente la aplicación de una medida de seguridad. Sin embargo, ¿esta norma cobija a las personas con síndrome de Down? Y de ser así ¿es correcto tratar esta enfermedad como un trastorno mental o una inmadurez psicológica, al ser una enfermedad congénita y crónica? ¿Qué tan eficaz resultaría esta solución o medida frente a este tipo de casos? Esta entrada tiene como propósito abrir una serie de cuestionamientos frente a este tipo de casos que no han sido abordados por el legislador y que en la actualidad generan gran inseguridad jurídica al dejar esto al análisis y decisión de un juez. Esta aproximación desconoce que estas personas también son merecedoras de un régimen legal aplicable que realmente brinde una solución y que busque cumplir con los fines mismos del derecho, sin dejar de lado el entendimiento de su condición y de la realidad que circunda nuestro país.
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Imagen tomada de: Jill Rose (https://www.pexels.com/es-es/foto/blanco-y-negro-nina-ojos-cara-4501085/)