Filosofía del derecho
4 de mayo de 2022
Seminario sobre el libro “El modelo conversacional. Sobre la diferencia entre comprensión ordinaria e interpretación jurídica”
El 10 de febrero de 2022 se realizó de manera virtual el Seminario de Teoría Jurídica y Filosofía del Derecho sobre el libro titulado “El modelo conversacional. Sobre la diferencia entre comprensión ordinaria e interpretación jurídica” escrito por Francesca Poggi. Este evento fue organizado por el Centro de Investigación en Filosofía y Derecho de la Universidad Externado de Colombia (CIFD). La introducción del mismo estuvo a cargo de Diego Moreno Cruz, docente investigador del CIFD y doctor en filosofía del derecho de la Universidad de Génova. La ponencia fue de Francesca Poggi, autora de la publicación y doctora en filosofía del Derecho de la Universidad de Milán. La moderadora del evento fue Julieta Rábanos, doctora en filosofía del derecho de la Universidad de Génova.
Durante su intervención, la Dr. Poggi explicó que el objetivo de su publicación era comparar la interpretación jurídica y la conversación ordinaria, de tal forma que se pudiese evidenciar las similitudes y diferencias entre estas. Plantea que, en las teorías modernas de la interpretación jurídica, el derecho es una forma de comunicación que se parece a la comunicación ordinaria y, por tanto, se puede asumir que la mejor teoría de la conversación ordinaria es también la de la interpretación jurídica. Para esto, desarrolla en su libro y en la ponencia, la teoría de las implicaturas conversacionales de Paul Grice.
Adicionalmente, la ponente sintetiza su publicación en la explicación de la teoría de Grice y en su aplicación a la interpretación jurídica. Para esto divide su ponencia según los capítulos, iniciando con la introducción de las implicaturas conversacionales, teoría que plantea que el significado de una enunciación es el significado que un hablante tiene la intención de comunicar. Con este concepto base, desarrolló la complejidad de la intención comunicativa y las máximas conversacionales. Esta teoría cobra gran relevancia en la hermenéutica jurídica y en la interpretación legislativa, pues la ponencia evalúa si la teoría de la comunicación ordinaria de Grice debería ser aplicada en la interpretación jurídica, frente a lo cual concluye que son fenómenos distintos que no pueden considerarse equivalentes.
Después de terminada la ponencia, Diego Moreno Cruz introdujo a Julieta Rábanos quien moderó el evento y dio paso a las intervenciones del público frente a la ponencia y la publicación de Francesca Poggi. Se destacan los cuestionamientos de los participantes con preguntas tales como: ¿por qué la existencia de conflictos y de interés y los ejercicios de autoridad generan una particularidad en la teoría de Grice que lo diferencia de las conversaciones del lenguaje ordinario? ¿A qué tipo de racionalidad hace referencia el intérprete; instrumental, lingüística o alguna otra? ¿Las máximas de Grice pueden atribuirse al significado prima facie? ¿ Cómo son las relaciones entre legislador y ciudadanos y relaciones entre legislador y autoridades?
Lo invitamos a ver la grabación de este evento en el siguiente enlace (ver vídeo).